SI HAY DÓLARES NO HAY GRIETA por marcelmaina

LA 7722…LA LEY QUE MOLESTA

por marcelmaina

La ley 7722 dice:

Artículo 1º: A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohibe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.

Art. 2º: Las empresas y/o personas jurídicas o físicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales metalíferos, o aquellas que industrialicen dichos minerales deben tramitar en el plazo de treinta (30) días el “informe de partida” que establece el Art. 24 del Decreto 2109/94, a efecto de cumplir con las exigencias de la presente Ley, bajo apercibimiento de cesar inmediatamente en su actividad hasta tanto adecuen todos sus procesos mineros y/o industriales.

Art. 3º: Para los proyectos de minería metalífera obtenidos a cualquier método extractivo para las fases de cateos, prospección, exploración, explotación, o industrialización, la DIA debe ser ratificada por ley. Los informes sectoriales municipales, del Departamento General de Irrigación y de otros Organismos Autárquicos son de carácter necesario, y se deberá incluir una manifestación específica de impacto ambiental sobre los recursos hídricos conforme al artículo 30 de la Ley 5961.

Para dejar de lado las opiniones vertidas en los dictámenes sectoriales deberá fundarse expresamente las motivaciones que los justifican.

Art. 4
º: Establécese como autoridad de aplicación de la presente al Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, que reglamentará el establecimiento de un Seguro de Garantía Ambiental para cada emprendimiento y creará, dentro de su ámbito, la Policía Ambiental Minera que tendrá como función específica el control y seguimiento de cada uno de los emprendimientos mineros de la Provincia de Mendoza, debiendo informar todas las actividades desarrolladas semestralmente a las comisiones de Medio Ambiente de la Legislatura Provincial.

Asimismo en lo que refiere a la preservación y uso del agua el Departamento General de Irrigación deberá ejercer el control específico y seguimiento de cada uno de los emprendimientos mineros de la Provincia, en todas y cada una de sus etapas, cuando los mismos afecten las cuencas hídricas.

Art. 5
º: La autoridad de aplicación garantizará, en todo proceso de evaluación del proceso de impacto ambiental, la participación de los municipios de las cuencas hídricas y aquellas regiones que se manifiesten como tales, afectadas por el proyecto respectivo, debiendo respetarse las realidades productivas y sociales de cada uno de los mismos, cuyos dictámenes sectoriales serán de carácter necesarios.

Art. 6º: La autoridad administrativa deberá identificar los daños ambientales que puedan existir y/o que se produzcan en el futuro con causa en la actividad minera, a efectos de exigir administrativamente la remediación del daño, o en su defecto requerir la misma según el procedimiento judicial que regula la Ley 25.675.

Art. 7
º: De forma.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veinte días del mes de junio del año dos mil siete.

Y ahora, tal vez mañana, a los apurones, entre gallos y medianoche, se darán una mano kirchneristas, macristas y peronistas tradicionales. ¿acaso Gioja no lo hizo? Y responderán al guiño dado por el presidente, que declaró a la minería como primordial (discurso ante la Asociación Empresaria Argentina). Sacar plata de donde sea parece ser la prioridad, aunque se deba mirar a un costado. Pero… ¿a qué costo?

Sabido es que cuando los dividendos son muchos y las mineras asedian, no preocupa mucho. Alguien se preguntó realmente por lo que hizo Gioja en San Juan, y los costos.

Queda la gente, el ciudadano de a pie, los ambientalistas, los que saben que esos dólares se llevan mucha sangre y futuro.

Descalificar a quienes piden defensa parece ser la estrategia de estos señores, explican que el trabajo, que las deuda, y demás. Siempre, siempre, con el colorcito que sea, se regalaron nuestro recursos extraídos de la peor manera.

Y tienen cara, no tenga la menor duda. Se avecinan días poco felices para la salud, nuestra tierra, nuestra agua.

Hay mucha experiencia en borrar con el codo lo escrito con la mano.

De No a la minería…

«El proyecto de modificación de la Ley Nro. 7722 destinada a regular y restringir la actividad minera, que fue presentado intempestivamente por el senador Alejandro Abraham tiene dos claves, fuera del cotillón: por un lado eliminar la posibilidad de sumar «otras sustancias» entre las prohibiciones del uso de cianuro, mercurio y ácido sulfúrico; pero sobre todo, sacar el control legislativo de los proyectos mineros. El Gobierno de Mendoza está de acuerdo con parte de ese proyecto, aunque teman expresarlo abiertamente»

Fuente: MDZ Diario de Mendoza

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